Informamos a través de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) que el Gobierno Nacional prorrogó la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor hasta el próxima día 30 de noviembre.
La medida fue publicada a través del Decreto 761/2020 en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la Ley N° 27.541, la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio y las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, dispuestas por los Decretos Nros. 297/20 y 520/20, sus complementarios y modificatorios.
Según detalla el decreto, los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el mismo no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.
Quedan exceptuadas de la aplicación de la medida las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo y todas las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia de la norma.